El Estado deberá indemnizar a los motoristas heridos por los quitamiedosPor
www.solomoto.esActualizado el 21/12/2009@16:42:44 GMT+1
Una
sentencia del Tribunal Supremo pone, por fin, las cosas claras: el
Estado es responsable de las lesiones que sufran los moteros causadas
por los guardarraíles asesinos. La sentencia del Supremo es ejemplar ya
que diferencia de manera clara y concisa entre la causa y las
consecuencias de un accidente..
El Tribunal Supremo ha confirmado que el Estado
tiene que pagar una indemnización de 120.000 euros a un motorista de
Málaga que sufrió la amputación de su pierna izquierda al chocar contra
el guardarraíl de la carretera N-340 en septiembre de 1999.
Esta
trascendente sentencia es la primera que reconoce la responsabilidad
patrimonial de la Administración General del Estado en este tipo de
accidentes y creará jurisprudencia. El Tribunal Supremo ha confirmado
así la sentencia inicial emitida en 2005 por la Audiencia Nacional.
El
Supremo reconoce de esta forma una de las reivindicaciones del
colectivo de motoristas: la percepción de indemnizaciones por daños
causados por los quitamiedos.
En 2008 fallecieron en España 306
motoristas y según las asociaciones del sector casi la mitad de los
siniestros se debieron al choque contra estas vallas que bordean
carreteras y autopistas y que actúan como cuchillas. Los
moteros se han manifestado en repetidas ocasiones exigiendo la adecuación de los guardarraíles asesinos para evitar este tipo de accidentes.
El
propio Gobierno central ha reconocido su peligrosidad hace tiempo y en
2007 anunciaba que sustituiría 1.500 kilómetros de guardarraíles.
Los
hechos que han dado lugar a esta resolución judicial tuvieron lugar el
19 de septiembre de 1999, cuando el denunciante circulaba por la
carretera Nacional 340 conduciendo una motocicleta Ducati Supersport
750 junto a otros compañeros, en viaje de regreso de Málaga desde
Valencia, a donde se habían desplazado el fin de semana para ver las
carreras que se disputaban en el circuito Ricardo Tormo.
El
motorista que presentó la demanda relató en el juicio que en un
determinado punto de la carretera se encontró con un charco de agua y
su moto hizo aquaplaning y se desestabilizó hasta caer al suelo.
El
conductor salió despedido por el asfalto y terminó chocando contra una
de las vigas de sujeción del quitamiedos o bionda, que le seccionó la
pierna izquierda por encima de la rodilla y le causó desgarros en la
pierna derecha, además de erosiones y traumatismos.
El herido
denunció que el charco de agua no estaba señalizado y las vigas de
sujeción de los guardarraíles no estaban protegidas con elementos
blandos que no le habrían amputado su pierna.
El abogado del
Estado defendió que la Guardia Civil en el atestado constató que el
accidente del motorista se debió a una velocidad inadecuada por lo que
alegó que no hubo relación entre el estado de la carretera y el daño
producido.
Agregó que la vía estaba en correcto estado y había buena visibilidad por lo que el siniestro sólo fue culpa del accidentado.
El
Supremo dio la razón al abogado del Estado en que la causa del
accidente fue la velocidad inadecuada y por eso redujo la
indemnización: el motorista pidió 440.000 euros; la indemnización por
pérdida de una pierna en una persona joven está valorada en 240.000
euros y los magistrados le otorgaron la mitad, 120.000 euros, al
repartir las culpas entre el recurrente y el Estado.
El Alto
Tribunal, no obstante, sí confirmó totalmente la responsabilidad de la
Administración central en la amputación de la pierna porque esta lesión
concreta no fue causa directa del accidente y la velocidad inadecuada
sino de la existencia del quitamiedos. Recalca que si la valla fuese de
otro tipo las lesiones habrían sido diferentes.
Los magistrados
subrayan además en la sentencia que el Estado tenía previsto sustituir
las biondas de esa carretera y de otras de España por otras que no
fuesen cortantes en fecha posterior al accidente, por lo que "era ya
consciente de que dichas biondas constituían un elemento de riesgo
especialmente para los motoristas".